Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.


REAL DECRETO 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo
Siempre que resulte necesario teniendo en cuenta los criterios del artículo siguiente, el empresario deberá adoptar las medidas precisas para que en los lugares de trabajo exista una señalización de seguridad y salud que cumpla lo establecido en los Anexos I a VII del presente Real Decreto.
Estudio para cumplimiento con la señalización de seguridad y salud en el trabajo, en lo referente a carteles y señales:
-Señal prohibición: una señal que prohíbe un comportamiento susceptible de provocar un peligro.
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Señal de advertencia: una señal que advierte de un riesgo o peligro.
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Señal de obligación: una señal que obliga a un comportamiento determinado.
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Señal de salvamento o de socorro: una señal que proporciona indicaciones relativas a las salidas de socorro, a los primeros auxilios o a los dispositivos de salvamento.
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Señal indicativa: una señal que proporciona otras informaciones distintas de las previstas en las letras b) a e).
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Señal en forma de panel: una señal que, por la combinación de una forma geométrica, de colores y de un símbolo o pictograma, proporciona una determinada información, cuya visibilidad está asegurada por una iluminación de suficiente intensidad.
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Color de seguridad: un color al que se atribuye una significación determinada en relación con la seguridad y salud en el trabajo.
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Símbolo o pictograma: una imagen que describe una situación u obliga a un comportamiento determinado, utilizada sobre una señal en forma de panel o sobre una superficie luminosa.
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Señal luminosa: una señal emitida por medio de un dispositivo formado por materiales transparentes o translúcidos, iluminados desde atrás o desde el interior, de tal manera que aparezca por sí misma como una superficie luminosa.
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Señal acústica: una señal sonora codificada, emitida y difundida por medio de un dispositivo apropiado, sin intervención de voz humana o sintética.
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Comunicación verbal: un mensaje verbal predeterminado, en el que se utiliza voz humana o sintética.
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Señal gestual: un movimiento o disposición de los brazos o de las manos en forma codificada para guiar a las personas que estén realizando maniobras que constituyan un riesgo o peligro para los trabajadores.
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